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Claves sobre la Normativa Madrid Distrito Centro

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Madrid aprobó en septiembre de 2021 la Ordenanza de Movilidad Sostenible, como principal medida para reducir los efectos negativos del tráfico. Esta incluye dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección, con nuevas limitaciones para lograr los objetivos medioambientales. Madrid Distrito Centro es una de ellas, sustituyendo al anterior Madrid Central. 

Es difícil seguirle el ritmo a todos los cambios y requisitos para desplazarse por la ZBEDEP Madrid Distrito Centro. ¿Puede acceder mi vehículo? ¿Cómo manejo las multas? ¿Qué Distintivo Ambiental me corresponde? Olvídate de quebraderos de cabeza, resolvemos todas tus dudas al respecto en este post. Sigue leyendo y te contaremos todo lo que necesitas saber para aparcar sin complicaciones. 

¡Empezamos!

ZBEDEP Madrid Distrito Centro

Esta primera Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección cuenta con un perímetro que comprende gran parte del distrito Centro de Madrid. En ella se encuentran los barrios de Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol. Con esta iniciativa, el Ayuntamiento de Madrid espera limpiar el aire reduciendo las emisiones de gases contaminantes. Siendo el Centro una de las áreas más problemáticas y con necesidad de mejoras. 

El acceso a Madrid Distrito Centro se encuentra regulado por cámaras con lector de matrículas. Sin embargo, puede darse el caso de controles por agentes de la Policía Municipal. Estos tendrán lugar en localizaciones aleatorias, en carreteras que conecten con la M-30 y en los barrios periféricos a la M-30.

¿Qué vehículos pueden acceder al Distrito Centro?

A diferencia de la ZBEDEP Plaza Elíptica, Madrid Distrito Centro está más limitado. Por lo tanto, tan solo tienen permitido acceder todos aquellos vehículos con Distinto Ambiental. Es decir, aquellos con clasificación A tienen prohibida la entrada al área al no cumplir los requisitos para ser etiquetado como vehículo limpio. Lo que significa que no tienen derecho a llevar ningún tipo de Distintivo Ambiental.

¿Y a qué vehículos no se les aplica esta restricción?

Las restricciones establecidas permiten el libre acceso a aquellos vehículos que cuenten con el Distintivo Medioambiental 0 o ECO. Sin embargo, los que dispongan de la etiqueta B o C, tan sólo tendrán permitida la entrada para aparcar en un parking público. Aunque estos deben estar autorizados por el Ayuntamiento y encontrarse dentro de los límites de la ZBE de Distrito Centro. 

Sin embargo, existen otras excepciones que permiten la libre circulación de los vehículos con los Distintivos Ambientales B y C:

  • Aquellos automóviles destinados a personas con movilidad reducida.
  • Servicios de taxi o VCT.
  • Vehículos de autoescuela.
  • Automóviles para eventos con autorización del Ayuntamiento.
  • Vehículos comerciales o industriales del SER.
  • Todos aquellos propietarios empadronados en el área y con el automóvil domiciliado en Madrid o invitado por un residente. 
  • Empresarios y autónomos con despacho u oficina localizada en el Distrito Centro. 
  • Propietarios de una plaza de aparcamiento en la zona.
  • Accesos para desplazarse a un taller en el área.
  • Todos aquellos accesos para llevar y recoger a niños en colegios de la zona.
  • Vehículos de reparto entre las 07:00 y las 15:00 horas.
  • Aquellos trabajadores de la zona en horario entre las 00:00 y las 15:00 horas.

No obstante, se espera que aumenten las restricciones de aquí al año 2025. Por lo tanto, cabe destacar que estas excepciones son temporales. 

Si no sabes qué Distintivo Ambiental corresponde a tu vehículo, puedes consultarlo en el siguiente enlace proporcionado por la DGT. Además, podrás conocer cómo estas nuevas restricciones afectarán a tus desplazamientos. 

Multas por accesos incorrectos dentro de la ZBEDEP Distrito Centro 

La normativa fue activada el día 1 de enero de 2023, dando así comienzo con las sanciones correspondientes. Las multas ascienden a los 90 euros, pudiéndose reducir con pronto pago que se corresponden con 20 días desde la notificación. De esta forma, se conseguiría una reducción del 50% sobre su cuantía: 45 euros de sanción. 

En caso de no estar de acuerdo con la sanción, existe la opción de interponer un recurso de reposición. El trámite puede realizarse online (a través del enlace Tramitar en Línea) o presencialmente dentro del plazo de un mes desde la práctica de la notificación de la resolución sancionadora. 

Aparcar en el Distrito Centro de Madrid 

Conociendo toda la información acerca de la ZBEDEP Distrito Centro, podemos asegurar que aparcar en su interior no es una tarea sencilla. Por esta razón, la mejor alternativa es estacionar tu vehículo en un parking. De esta manera, podrás garantizar de que siempre estará protegido y vigilado en todo momento. Además, te permitirá caminar a las localizaciones que necesites sin tener que preocuparte por tu vehículo. Sin olvidar por supuesto, que es la opción ideal para evitar posibles sanciones o multas. 

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